Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 11329/05 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Modifícase el Art. 3° de la Ordenanza N° 4040 el cual quedará redactado de la siguiente forma:

Art. 3°: Desígnase a la parcela determinada en el Art. 1° como Zona de Urbanización Especial Residencial 1, con los indicadores:
FOS 0,6 Y FOT 1
Densidad 200 hab. por ha.
Altura 12 m
Retiro mínimo de frente 3m
Uso predominante: Residencial
Usos Complementarios: Actividades complementarias a la actividad principal. Salud, Educación, Seguridad, Servicios, Acción Comunitaria.
Dimensión mínima de parcela 12m de frente y 300 m2 de superficie.

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidós días del mes de abril de dos mil cinco.

REGISTRADA BAJO EL N° 4176.

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