Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 6632/01 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA

ORDENANZA

Art. 1º: Rectifícase la Ordenanza N° 3137, la cual quedará redactada de la siguiente manera:

“Art. 1°: Exímese al peticionante, Sr. Eduardo Alejandro Gómez, D.N.I. 13.020.142, del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 167.664, por los años 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 respectivamente. Si el peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. La presente eximición se encuadra en los términos del Inc. H del Art. 53 de la Ordenanza Fiscal.

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los catorce días del mes de julio de dos mil seis.

REGISTRADA BAJO EL N° 4745.

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