Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 12505/06 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Prorrógase por el plazo de 1 (un) año, los vencimientos mensuales de los Convenios de pagos N° 39140 y 39141 correspondientes a la Tasa por Servicios Generales de la Partida N° 19899.

Art. 2°: Prorróganse por el plazo de 1 (un) año, los vencimientos mensuales corrientes, de la Tasa por Servicios Generales, correspondientes a la Partida 19899. Una vez cumplido el plazo, el contribuyente abonará el importe correspondiente al doble de la Tasa por Servicios Generales, durante 1 (un) año y hasta la cancelación de la deuda.

Art. 3°. Para acceder a los beneficios de la presente, el contribuyente deberá cancelar la deuda exigible correspondiente, tanto a la Partida 19899 de la Tasa por Servicios Generales, como del Legajo N° 20368 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, en el término de 120 días a partir de la promulgación de la presente.

Art. 4°: Las prórrogas establecidas en los Arts. 1 y 2, no generarán intereses, multas y recargos, y se contarán a partir del 1er. día del mes subsiguiente al de la promulgación de la presente, antes del cual debe procederse a la cancelación del artículo anterior.

Art. 5°: En caso de incumplimiento por parte del peticionante todos los beneficios otorgados en la presente Ordenanza no tendrán validez y del D.E. intimará por las deudas más los intereses que pudieran corresponder.

Art. 6º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de octubre de dos mil seis.

REGISTRADA BAJO EL N° 4899.

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