Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 13831/08 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Procédase por el término de 90 días, a partir de la promulgación de la presente, a cambiar el sentido de circulación vehicular en las arterias que a continuación se detallan:

SCHOLNICK entre Av. Gob. Vergara hasta Freud, mano única de circulación de oeste – este.
FREUD entre Scholnik hasta Av. Gob. Vergara, mano única de circulación de este – oeste.
V. Unia entre Scholnik hasta Concepción Arenal, mano púnica de circulación de norte – sur.

Art. 2°: El D.E. procederá a través de los departamentos correspondientes a realizar las señalizaciones viales respectivas y comunicar a la Empresa de Transporte Público de Pasajeros las modificaciones generadas por la presente Ordenanza.

Art. 3°: El D.E. procederá, de acuerdo al Anexo 1 de la presente, a tomar las medidas conducentes a planificación técnica y de obra de las dársenas para estacionamiento.

Art. 4°: El D.E. informará con una cartilla, de las modificaciones que se realizarán, a los vecinos y comerciantes del lugar, previo a la implementación del nuevo ordenamiento de tránsito.

Art. 5°: El D.E., concluido el período de los 90 días, informará a este H.C.D. resultado y evaluación de estas acciones a fin de que este cuerpo dé sanción definitiva a la misma en caso de ser favorable.

Art. 6°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil ocho.

REGISTRADA BAJO EL N° 5884.

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