Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 13902/08 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones obrante a fs. 2 a 42 del Expte. N° 13902/08 H.C.D., (4133-08-2973 D.E.).

Art. 2º: Incorpórase en el Anexo 2 – Servicio 7: Listado de Centros de Salud, del Pliego de Bases y Condiciones, al Hospital Oftalmológico.

Art. 3°: Autorízase al D.E. a llamar a Licitación Pública para contratar el Servicio de Recolección, Transporte y Descarga de Residuos Domiciliarios, Recolección, Transporte e Incineración de Residuos Patogénicos, Levantamiento de Montículos, Barrido Manual y Mecánico, Desobstrucción de Conductos Pluviales y Limpieza de Cámaras y Sumideros, Mantenimiento de Espacios Verdes y Servicios de Contenedores, Servicio de Cestos, Papeleros y Servicios Especiales, por un total de 8 (ocho) años con opción a prórroga, que en total no podrá exceder los 2 (dos) años, conforme al Pliego de Bases y Condiciones aprobado en el artículo 1° de la presente Ordenanza.

Art. 4°: Autorízase al D.E. a adjudicar y suscribir el pertinente contrato, ajustándose en un todo al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el artículo 1° de la presente Ordenanza y a las disposiciones legales vigentes.

Art. 5°: El D.E. adoptará las previsiones presupuestarias correspondientes, en los Ejercicios Económicos que se comprometen, en función de lo autorizado en los artículos precedentes.

Art. 6°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los treinta días del mes de diciembre de dos mil ocho.

REGISTRADA BAJO EL N° 5933.

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