Resoluciones, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 0556/96 H.C.D.

VISTO:

La creación de la “Asociación Bonaerense de Concejales de la Primera Sección Electoral”, constituida en Asamblea realizada en Marcos Paz el 1º de junio de 1996, y la designación del Consejo Directivo, efectuada en Asamblea llevada a cabo en Hurlingham el día 22 de junio de 1996; y

CONSIDERANDO:

Que dicha Institución tiene por finalidad:

Asistencia legal, social y técnica de sus asociados.
Jerarquizar el sistema Municipal.
Jerarquización de los Honorables Concejos Deliberantes y la labor del Concejal como legítimo representante de la voluntad popular.
Promover la mejora de la Gestión Administrativa Municipal.
Brindar asesoramiento y atención a Municipios y a otros Organismos Públicos o Privados.
Promover la implementación y el desarrollo de Sistemas Control de Gestión Municipal y Servicios Públicos para la Comunidad.
Organizar un Banco de Datos y Sistema de Información relativa a normativas y estadísticas de cada Municipio.
Promover acciones que mejoren el medio ambiente y la calidad de vida de las poblaciones.
Promover y fomentar la organización del sector productivo a nivel local y regional.
Promover conjuntamente con la Provincia y la Nación, la implementación de políticas regionales.
Realización de Cursos, Conferencias, Seminarios y Congresos Provinciales y Nacionales, para la capacitación de los Asociados y Personal Municipal.
Vincularse con Organismos e Instituciones Nacionales e Internacionales para intercambio de información y experiencias en problemáticas Municipales comunes.
Propiciar ante las autoridades Provinciales, las normativas que posibiliten una autonomía efectiva.
Propiciar los estudios relativos a mejorar la equidad en las transferencias coparticipables.
Consolidar el sistema democrático y el proceso de transformación de las estructuras del Estado, el Pueblo y los distintos niveles de decisión política que asisten a nuevos desafíos que requieren una urgente atención y búsqueda de soluciones.
Atender las problemáticas locales cuya resolución depende de un ámbito que trasciende al Municipio.
Revalorizar la tarea del Concejal y defender la función legislativa Municipal.
Reformular las funciones de la Administración Municipal:
a) Mayor autonomía.
b) Participación Comunitaria.
c) Transparencia, Acción de Gobierno.

Afirmar el derecho de las Comunidades locales, a participar de las decisiones que afecten su calidad de vida.
Promover el intercambio de información legislativa Municipal, para atender a las problemáticas comunes.
Promover la realización de encuentros técnicos a nivel Municipal, Regional, Provincial y Nacional.

Proponer al Gobierno Provincial una política de descentralización para mejorar la eficiencia de los servicios o inversiones en infraestructura social.

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE HURLINGHAM

Establecer relaciones con Instituciones similares, Nacionales y del Exterior, a fin de intercambiar conocimientos y experiencias sobre temas Municipales y de integración de las Comunidades.
Promover la modificación del Código de Edificación y Urbanización , contemplando en el mismo las cuestiones del Medio Ambiente, considerando el impacto producido para el mejoramiento de la calidad de vida de la Población.
Promover y fomentar conjuntamente con la Provincia y la Nación, la implementación de políticas para organizar a los sectores producidos vinculándolos con Organizaciones Nacionales e Internacionales que generen inversiones Regionales que tengan relación directa para el mejoramiento de las Pymes y por ende, para reducir el desempleo.
Brindar Asesoramiento y Atención a los Municipios u otras Organizaciones Públicas o Privadas.
Crear una Mutual que contenga en sus objetivos el mejoramiento coyuntural y futuro de los Concejales.
Propender a generar la implementación de políticas de descentralización que mejoren la eficiencia en las inversiones de la infraestructura social.
Lograr la integración de todas las Entidades que nucleen a los Concejales para formar una Federación.

Que no obstante haber sido creada por Concejales Justicialistas, la misma se encuentra abierta a Ediles de cualquier origen político; y

Que por las detalladas finalidades, la misma resulta de alto interés para la Comunidad:

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Art. 1º: Declárase de Interés Municipal a la ASOCIACION BONAERENSE DE CONCEJALES DE LA 1º SECCION ELECTORAL.

Art. 2º: Comuníquese a la misma, la presente Resolución.

Art. 3º: Regístrese, comuníquese al D.E., publíquese. Cumplido, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecinueve días del mes de julio de mil novecientos noventa y seis.

REGISTRADA BAJO EL Nº 0244/96.

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