Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 1522/97 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Modifícanse los Arts. 1º y 2º de la Ordenanza Nº 222, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

“Art. 1º: El D.E. procederá a conceder aprobación a los planos de obra presentados por la Fundación Dr. José María Mainetti, sito en el local comercial ubicado en Av. Roca 1436 de la ciudad de Hurlingham, Partido de Hurlingham.”

“Art. 2º: El D.E. procederá a otorgar habilitación comercial a la Fundación Dr. José María Mainetti, en la explotación de Agencia de Apuestas Hípicas que se encuentra ubicado en la Av. Roca 1436 de la ciudad de Hurlingham, Partido de Hurlingham.”

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.

REGISTRADA BAJO EL Nº 0270.

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