Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 16387/16 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a abonar a los 59 aspirantes que se encuentren asistiendo al curso de formación y que tengan asistencia certificada por la escuela de Agentes de Policía Municipal una suma mensual de pesos tres mil ($3000) en concepto de subsidio de estudios.

Art. 2°: El subsidio de estudios al que hace mención el artículo 1° será abonado hasta tanto la Provincia de Buenos Aires, regularice las obligaciones asumidas mediante la suscripción del Protocolo Adicional de Reclutamiento del convenio de Adhesión al Régimen de Policía de Prevención Local.

Art. 3°: Una vez promulgada la presente, el D.E., a través de los organismos competentes, procederá a requerir al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, por los medios que correspondan, información sobre el cumplimiento de las obligaciones a las que refiere el artículo 2°.

Art. 4°: Comuníquese al D.E.

Dada la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Extraordinaria, a los veintiséis días del mes de febrero de dos mil dieciséis.

REGISTRADA BAJO EL N° 8428.

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