Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 16745/17 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones que fuera remitido en consulta a este Honorable Concejo Deliberante y que obra en el expediente Nº (4133-2017-000929 D.E.)

Art. 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar el llamado a Licitación Pública para la contratación del servicio de recolección de residuos domiciliarios, barrido manual y mecánico, recolección de ramas producto de la poda y servicio de desobstrucción de sumideros y pluviales, en los términos y condiciones y por el plazo que establecen los pliegos aprobados conforme lo dispone el artículo 1° de la presente.

Art. 3º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a la adjudicación “ad referéndum” de este Honorable Concejo Deliberante de la Licitación Pública cuyo llamado se autoriza por medio del artículo 2°.

Art. 4º: El Departamento Ejecutivo adoptará las previsiones presupuestarias correspondientes, en los ejercicios económicos que se comprometen en función de lo autorizado en los artículos precedentes.

Art. 5°: Incorpórese al Pliego de Bases y Condiciones el Ítems Servicio Básico 7 que quedará redactado de la siguiente manera:
Servicio Básico 7
 Servicio de recolección diferenciada de residuos sólidos domiciliarios. Se establecerá un programa de recolección diferenciada con días específicos de retiro en el domicilio entre los denominados “secos” y “húmedos”. La prestación de este servicio estará regulada según ordenanza municipal a sancionar a tales fines y será de implementación progresiva, a partir de los 180 días de efectuada la contratación.
Art. 6º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Extraordinaria, a los veintiocho días del mes de agosto de dos mil diecisiete.

REGISTRADA BAJO EL N° 8669.

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