Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 16871/17 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Establécese el Presupuesto de Gastos del Honorable Concejo Deliberante en la suma de $ 32.413.051,50 (pesos treinta y dos millones cuatrocientos trece mil cincuenta y uno con cincuenta centavos) para el ejercicio comprendido entre el 01 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018.

Art. 2°: Apruébase el Cuadro de Recursos Humanos por Categoría Programática, que figura como Anexo I, de la presente Ordenanza.

Art. 3°: Apruébase el Presupuesto de Gastos por Jurisdicción, Estructura programática, Fuente de Financiamiento y Objeto que figura en la planilla como Anexo II.

Art. 4°: Apruébase el Nomenclador General de Cargos del Personal del Honorable Concejo Deliberante que, como Anexo III, es parte integrante de la presente Ordenanza.

Art. 5°: Fíjase, el sueldo básico del Agente del Honorable Concejo Deliberante, categoría “D”, en la suma de $ 10.790,00 (pesos diez mil setecientos noventa).

Art. 6°: Establécese en 4,5 (cuatro y medio) sueldos mínimos y básicos, la dieta de los señores Concejales, de acuerdo a lo establecido en el inc. d) del artículo 92 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6769/58), y conforme las constancias obrantes en el Expte. Nº 2139-446/96 del Poder Ejecutivo Provincial.

Art. 7°: El personal de la Planta Permanente del Honorable Concejo Deliberante, percibirá en concepto de antigüedad, igual porcentual que los agentes del D.E.

Art. 8°: Fíjase un adicional con aportes por Refrigerio de $ 72 (pesos setenta y dos), a todas las categorías hasta la de Secretario Administrativo inclusive.

Art. 9°: Fíjase en hasta $ 108 (Pesos Ciento Ocho), la bonificación en concepto de “Premio al Presentismo y a la Puntualidad” para el personal de la planta permanente del H.C.D. y temporarios que cumplan función en este.

Art. 10°: Fíjase un adicional mensual por título, con aportes de Ley, según la escala que perciben los agentes del D.E., para todas las categorías hasta la de Secretario Administrativo inclusive.

Art. 11°: Créase el Cargo de Secretario de Bloque para cada uno de los Bloques Políticos que conformen este H. Cuerpo en la Categoría de Personal Jerárquico.

Art. 12º: Comuníquese al D.E.

Dada la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Extraordinaria, a los siete días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.

REGISTRADA BAJO EL N° 8726.

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