Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. 16874/17 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires los convenios que correspondan con el objeto de otorgar el financiamiento de obras de infraestructura municipal.

Art. 2°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires los convenios que correspondan con el objeto de otorgar el financiamiento de obras de pavimentación y repavimentación de las calles del partido de Hurlingham.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Extraordinaria, a los siete días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.

REGISTRADA BAJO EL N° 8727.

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