Decretos, Sanciones|

 Cde. Expte. N° 17477/20 H.C.D.

VISTO:

            El Proyecto de Ley contenido en el Expte. E-158/20-21, de la Provincia de Buenos Aires, presentado por la H. Cámara de Senadores y

CONSIDERANDO:

            Que, ante la emergencia sanitaria declarada por el Decreto 132/2020 referido al Covid-19, enmarcando todas las opciones posibles, para combatir la proliferación del virus y buscar alternativas que ayuden a frenar el número de infectados,

            Que, dentro de las posibilidades de combatir este flagelo, las áreas de salud trabajan en la difusión de programas tendientes a concientizar a la población a adaptarse a la situación vigente,

            Que, en este sentido los pacientes recuperados de Covid-19 podrían participar como donantes de plasma rico en anticuerpos, ayudando en el tratamiento de pacientes infectados,

            Que, nuestro distrito no es ajeno al estado de salud de la población, por lo que es conducente que las autoridades, podrían poner en marcha una batería de información y concientizar de la importancia de la donación del plasma por parte de los que estuvieron infectados y se recuperaron, en consonancia y tal como lo expresa el Proyecto de Ley en cuestión,

            Que, por lo tanto, este Honorable Concejo Deliberante, debe hacerse eco del Proyecto de Ley presentado en la Provincia de Buenos Aires, y producir el acto administrativo para adherirse en todos sus términos al Proyecto en cuestión

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1º: Adhiérase el Honorable Concejo Deliberante al Proyecto de Ley Presentado por la H. Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires, contenido en el Expte. Nº E-158/20-21, referido a la donación de plasma rico en anticuerpos, por parte de pacientes recuperados a pacientes infectados por Covid-19.

Art. 2º: Por Secretaría de Este Honorable Concejo Deliberante, elévese copia de este Proyecto a la Legislatura Provincial, a los distritos de la Provincia, a fin de solicitar su adhesión.

Art. 3º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintinueve días del mes de junio de dos mil veinte

REGISTRADO BAJO EL N° 005/20.

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