Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 17650/21 H.C.D.

VISTO:

           La Campaña Nacional de Concientización Vial “Estrellas Amarillas” y la nota presentada por el Foro Social por la Seguridad y la Fundación Laura Cristina Ambrosia Battistel dirigida al Presidente del Honorable Cuerpo, y

CONSIDERANDO:

Que, dicha campaña es llevada a cabo en más de 800 comunas de todo el país;

Que, estas estrellas amarillas emblemáticas tienen como objetivo la concientización vial directa, como método de educación vial no formal;

Que, la iniciativa ha sido declarada de Interés Legislativo a través de la resolución 3335/10-11 de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires;

Que, dicha campaña cuenta con una reglamentación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial a través de la Resolución Nº1371/11, operativa en razón del Pacto de San José de Costa Rica y la ley Nº 13.927;

Que, la finalidad de la presencia de las estrellas amarillas no es solo recordar las victimas viales, sino también llamar la atención de la peligrosidad de realizar un manejo imprudente, y de esta manera reducir la siniestralidad vial mediante la concientización;

Que, las estrellas amarillas que se colocan en las rutas y calles del país funcionan como emblema de atención y memoria de las víctimas en siniestros viales, con presencia en zonas de mayor índice de siniestralidad vial dejando señal simbólica de concientización y de prevención de riesgo con el objetivo de mermar y reducir los daños;

Que, en ese sentido la Agencia Nacional de Seguridad Vial a través de la disposición Nº110/2020 ha establecido la incorporación del símbolo de estrellas amarillas en los manuales de estudio del curso teórico de educación vial para la obtención de la licencia nacional de conducir;

Que, el objetivo que se busca es que quienes realicen el curso adquieran el conocimiento acerca de su símbolo, su significado y su alcance;

Que, el Director Ejecutivo de la ANSV ha expresado que la decisión de incorporar dicha figura en los manuales “es un reconocimiento a la lucha de los familiares de las víctimas” y que “es indispensable que las estrellas se incluyan dentro del curso de obtención de licencias en función de que muchas personas no saben de qué se trata, sirviendo para recordar que detrás de cada una de ellas hay un fallecido como consecuencia de un siniestro vial”;

Que cada 10 de junio se recuerda en  nuestro país el Día de la Seguridad Vial, con el objetivo de promover la educación vial como una estrategia para reducir los accidentes de tránsito y sus gravísimas secuelas, que en Argentina alcanzan cifras dramáticas.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA 

Art. 1°: Declárese de Interés Público Municipal la Campaña de Concientización Vial “Estrellas Amarillas”, con el objetivo de promover la educación vial como una estrategia para reducir los accidentes de tránsito en el distrito.

Art. 2º: Comuníquese al D.E. 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los treinta y un días del mes de mayo dos mil veintiuno.

REGISTRADA BAJO EL N° 9184.

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