Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 4700/00 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a contratar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires un préstamo de hasta pesos un millón cuatrocientos mil ($ 1.400.000), cancelable en seis (6) años de plazo, con servicios semestrales de amortización y mensuales de pago de intereses, de acuerdo a lo establecido por la Ley 10.753.

Art. 2º: Los fondos de dicho préstamo serán destinados a: Cancelación del préstamo solicitado por Expte. 4133-99-5385, aprobado por Ordenanza Nº 1277 y promulgada por Decreto Nº 708/99.

Art. 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar las respectivas adecuaciones presupuestarias conforme al préstamo que se autoriza en el artículo 1º y a prever en los ejercicios futuros las partidas destinadas a la atención de los servicios de amortización e intereses del préstamo que se contrata hasta su total cancelación.

Art. 4º: En garantía de los servicios referidos en el artículo 1º se afecta la totalidad de los recursos ordinarios que establece el Art. 49 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, a los veinte días del mes de julio de dos mil uno.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2327.

Ver sanción

Comments are closed.

Close Search Window