Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 1546/97 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Exímese al peticionante, Sr. Juvenal Bustamante, D.N.I. 4.498.233, del pago del 75 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida Nº 139.122, por los años 2000 y 2001 respectivamente. Si el peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. Por el 25 % restante, el D.E. otorgará un amplio plan de pago.

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil uno.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2370.

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