Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 6883/01 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: El D.E., a través de los organismos competentes, procederá a entregar identificaciones de libre estacionamiento (Art. 12 Ley N° 19.279) para vehículos de personas con movilidad reducida o de aquellas que tengan a su cargo el traslado de los mismos, según lo establecido en el punto E del Art. 22 del Decreto 914/97.

Art. 2°: La autorización de libre estacionamiento será otorgada al interesado y/o titular, o familiar directo (padre, madre, esposo/a, hijo/a). Será requisito, para la entrega de las identificaciones mencionadas en el Art. 1º, la presentación del correspondiente certificado de discapacidad, expedido por la Secretaría de Salud del Municipio.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiocho días del mes de septiembre de dos mil uno.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2498.

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