Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 7418/02 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a suscribir el Convenio entre la Municipalidad de Hurlingham y la Empresa “Distribuidora Franco S.A.”, donde ésta hace entrega en concepto de pago un Autoclave Marca FAETA, Modelo AJB 60.60.120, como medio de cancelación de la deuda de la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene, Legajo N° 300.026 y de la cuotas 06/01 a 02/02, de la Tasa por Servicios Generales, correspondiente a la Partida N° 183.426, según se desprende del Expte. N° 7418/02 H.C.D., (4133-02.0182 D.E.); previo a la firma, se deberá realizar una verificación técnica del funcionamiento, necesidad y aptitud para el destino propuesto, como así también una valuación monetaria del mismo, debiendo el importe resultante ser igual o mayor a la certificación de deuda que la Empresa registra con el municipio.

Art. 2°: Asimismo, con anterioridad a la firma del Convenio, ambas partes deberán comprometerse a:

La instalación del Autoclave estará a cargo del Municipio; en caso que el mismo no funcionara o por distintos motivos la Empresa desistiera del presente Convenio, dichos gastos de instalación deberá asumirlos la Empresa.

Ambas partes definirán la forma de valuación del bien y se comprometen a aceptar el valor del importe resultante de la tasación del mismo.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Extraordinaria, a los veintidós días del mes de marzo de dos mil dos.

REGISTRADA BAJO EL N° 2851.

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