Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 0237/96 HCD

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a llamar a Licitación Pública para contratar el servicio de recolección de residuos domiciliarios, barrido y limpieza de calles, desobstrucción de desagües pluviales y limpieza de cámaras y sumideros y recolección de residuos patogénicos en el Hospital Municipal y en dos salas de atención primaria, por el término de cuatro (4) años, con opción a un (1) año de prórroga.

Art. 2º: El Departamento Ejecutivo procederá a la adjudicación pertinente ajustándose en un todo a las disposiciones legales vigentes (Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6769 y Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires).

Art. 3º: El Departamento Ejecutivo adoptará las previsiones presupuestarias correspondientes, en los ejercicios económicos que se comprometen en función de lo autorizado en el artículo 1º.

Art. 4°: Comuníquese al D.E.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los doce días del mes de abril de mil novecientos noventa y seis.

REGISTRADA BAJO EL Nº 010.

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