Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 0241/96 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: El Departamento Ejecutivo, a través de los organismos competentes, elaborará en un plazo de sesenta (60) días a partir de la promulgación de esta Ordenanza, las bases para un Concurso de diseño del Escudo Municipal.

Art. 2º: La imagen institucional proyectada deberá sintetizar la historia del Municipio y reflejar la trascendencia del hecho fundacional y deberá perpetuar en el tiempo los ideales de la comunidad.

Art. 3º: El Departamento Ejecutivo, a través de sus organismos competentes, contará con un plazo de sesenta (60) días a partir de conocido el resultado del concurso para producir el diseño del Logotipo e Isotipo Municipal.

Art. 4º: El Logotipo e Isotipo Municipal deberá consistir en un grafismo institucional que, considerando el escudo Municipal, refleje el presente activo del Municipio mediante su forma y color, para dar unidad a todos los componentes del sistema visual.

Art. 5º: Los colores elegidos constituirán el símbolo cromático de la Institución comunal representada por el Estado Municipal.

Art. 6º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza serán imputados a la Partida correspondiente del Presupuesto del año 1996.

Art. 7º: Comuníquese al D.E.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diez días del mes de mayo de mil novecientos noventa y seis.

REGISTRADA BAJO EL Nº 0017.

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