Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 8871/02 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar Aprobación de Plano, a favor de la Asociación Evangélica Asamblea de Dios, de la obra sita en la Avda. Pedro Díaz 574, de la localidad de Villa Tesei, Partido de Hurlingham, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección P, Manzana 79, Parcela 1e.

Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 8871/02 H.C.D., (4133-03-0826 D.E.)

Art. 3º: La autorización concedida en el artículo 1º, está condicionada al pertinente trámite y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.

Art. 4°: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a los peticionantes de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de junio dos mil cuatro.

REGISTRADA BAJO EL N° 3823.

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