Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 9545/03 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor del peticionante, Sr. José Luis Vargas, D.N.I. 18.444.471, de 2 Canchas de Tenis, ubicadas en Villegas N° 3060, William C. Morris, identificadas catastralmente como: Circunscripción IV, Sección E, Fracción II, Chacra 9, Parcela 1.

Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 9545/03 H.C.D., (4133-03-1861 D.E.).

Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente. Además, deberá abonar todas las tasas que pudieran corresponder tomando como fecha de iniciación de actividades el 01/09/01 (Donde firmó el Contrato de Locación).

Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de agosto dos mil cuatro.

REGISTRADA BAJO EL N° 3878.

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