Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. 0526/96 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: El Departamento Ejecutivo procederá a la confección de chapas identificatorias con la denominación Intendente Municipal- Municipalidad de Hurlingham, y extensivo a las Secretarías que correspondan, para ser utilizadas en sus respectivos vehículos particulares, lo que no exime del uso de la obligatoria del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor.

Art. 2º: El tamaño y diseño de las chapas identificatorias serán de las medidas y color originales de estos casos.

Art. 3º: En caso de venta de la unidad o unidades denunciadas y/o adquisición de otro u otros vehículos, ello deberá ser comunicado de inmediato por medio de Declaración Jurada, al órgano de competencia del D.E., a los efectos de la prosecución del uso de la chapa identificatoria.

Art. 4º: Ante la pérdida o desapoderamiento de la chapa identificatoria asignada, el titular deberá proceder de inmediato a la denuncia policial correspondiente, y comunicación al área que corresponda del D.E., además deberá peticionar el duplicado bajo su responsabilidad.

Art. 5º: En oportunidad de recibir la chapa identificatoria, el Sr. Intendente y los Sres. Secretarios del D.E. se comprometerán a hacer devolución de la misma en el momento de finalizar el ejercicio del cargo.

Art. 6º: El gasto que demande la confección de las chapas que se determinan en esta, serán imputados a la partida de gastos generales del D.E. del Presupuesto de Gastos, por única vez.

Art. 7º: Comuníquese al D.E., regístrese y archívese.

Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de agosto de mil novecientos noventa y seis.

REGISTRADO BAJO EL Nº 0057.
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE HURLINGHAM

Ver sanción

Comments are closed.

Close Search Window