Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 0321/96 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: El D.E. procederá a otorgar la ampliación de rubro: Taller de Gomería obrante en el expediente Nº 0321/96 H.C.D. (4133-3065-96 D.E.), a favor de la Sra. Amelia Alonso, DNI. 3.271.036.

Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo anterior, se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el expediente mencionado precedentemente.

Art. 3º: La ampliación que se otorga por el artículo 1º, esta condicionada al pertinente trámite y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 días de la notificación de su promulgación.

Art. 4º: Una vez promulgada la presente el D.E. procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia en los términos del Capitulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de octubre de mil novecientos noventa y seis.

REGISTRADA BAJO EL Nº 0094.
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE HURLINGHAM

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