Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 11128/05 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1°: La señora Presidente del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, se dirigirá a la Honorable Cámara de Diputados y al Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires, a fin de solicitar se modifique el Punto 2 del artículo 68, Capítulo II de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 68:………………
2. Ordinarias: Por propia determinación abrirá sus Sesiones Ordinarias el 1° de marzo de cada año y las cerrará el 30 de noviembre.

Art. 2°: Asimismo, el presente proyecto será remitido para su conocimiento a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires, a fin de adaptar sus normativas internas a la solicitada modificación.

Art. 3°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los ocho días del mes de abril de dos mil cinco.

REGISTRADO BAJO EL N° 003/05.

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