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Cde. Expte. Nº 11706/05 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al D.E. a desistir del Juicio de Apremio iniciado al peticionante, Sr. Pedro Atilio Díaz, D.N.I. 4.801.722, según constancias obrantes a fs. 23 del Expte. N° 11706/05 H.C.D., (4133-05-1362 D.E.)

Art. 2°: Quedan a cargo del contribuyente el pago de las Costas y Costos de la Acción Judicial iniciada.

Art. 3°: Exímese al peticionante, Sr. Pedro Atilio Díaz, D.N.I. 4.801.722, del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 228.329, según el monto que se desprende a fs. 21 del Expte. N° 11706/05 H.C.D., (4133-05-1362 D.E.) y año 2005 respectivamente. Si el peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. La presente eximición se encuadra en los términos del Inc. H del Art. 53 de la Ordenanza Fiscal.

Art. 4°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los siete días del mes de diciembre de dos mil cinco.

REGISTRADA BAJO EL N° 4531.

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