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Cde. Expte. Nº 9740/03 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1º: Deniégase la solicitud efectuado por la peticionante, Sra. Sandra Ruth Benavidez, D.N.I. 17.878.703, tramitada a fs. 3 del Expte. N° 9740/03 H.C.D., (4133-03-2395 D.E.), en virtud del tiempo transcurrido y al no haber la peticionante realizado las mejoras necesarias para que funcione dicha actividad. Asimismo, el D.E. tomará las medidas administrativas que pudieran corresponder para que dicho local no funcione si no tiene la habilitación correspondiente. Además, tomará la fecha de inicio del Comodato para reclamar el cobro de todas las tasas y derechos que pudieran corresponder.

Art. 2º: Regístrese, comuníquese al D.E. y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los diecisiete días del mes de abril de dos mil seis.

REGISTRADO BAJO EL N° 004/06.

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