Cde. Expte. N° 10043/03 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Modifícase el artículo 2° de la Ordenanza N° 3743 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 2°: Requiérese la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes a favor de Gervasoni Miguel Eduardo, (D.N.I. 18.577.732), conforme con lo previsto por los artículos 2° y 4° Inciso d) de la Ley 10.830
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiocho días del mes de abril de dos mil seis.
REGISTRADA BAJO EL N° 4618.