Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 10043/03 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Modifícase el artículo 2° de la Ordenanza N° 3743 el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 2°: Requiérese la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes a favor de Gervasoni Miguel Eduardo, (D.N.I. 18.577.732), conforme con lo previsto por los artículos 2° y 4° Inciso d) de la Ley 10.830”

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiocho días del mes de abril de dos mil seis.

REGISTRADA BAJO EL N° 4618.

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