Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 10005/03 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Exímese a la peticionante, Sra. Juana María Pineda, D.N.I. 6.145.288, del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida N° 192.968, por los años 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006 respectivamente. Si la peticionante ha realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. Para el año 2007 el D.E. informará los beneficios de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva. La presente eximición se encuadra en los términos del Inc. H del Art. 53 de la Ordenanza Fiscal.

Art. 2º: Exímese a la peticionante, Sra. Juana María Pineda, D.N.I. 6.145.288, del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Seguridad e Higiene, incluido multas y recargos, Legajo N° 302.282, según el monto que se desprende a fs. 21 del Expte. N° 10005/03 H.C.D., (4133-03-2801 D.E.). Para el año 2007 el D.E. informará los beneficios de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva y Ordenanza N° 130

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los nueve días del mes de junio de dos mil seis.

REGISTRADA BAJO EL N° 4700.

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