Cde. Expte. Nº 12589/06 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor del peticionante, Sr. Mario Teodoro Gueler, D.N.I. 10.084.533, para la explotación del rubro Telas en General Blanco Toallas Manteles Cortinados Alfombras Arts. de Mercería, todo en pequeña escala en el local sito en la calle Pedro Díaz N° 128, de la Ciudad de Hurlingham, Partido del mismo nombre, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección E, Manzana 284, Parcela 4e.
Art. 2°: Autorízase al D.E. a exceptuar al peticionante Sr. Mario Teodoro Gueler, D.N.I. 10.084.533, de la presentación de plano por la autorización concedida en el art. 1°.
Art. 3°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 12589/06 H.C.D., (4133-05-2934 D.E.).
Art. 4°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.
Art. 5º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 6°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de diciembre de dos mil seis.
REGISTRADA BAJO EL N° 4958.