Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 12544/06 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Derógase la Ordenanza N° 4903, obrante en el Expediente N° 12544/06 H.C.D (4133-06-0339 D.E.), por manifestarse la imposibilidad de comenzar la obra para la que se había pedido autorización.

Art. 2°: El D.E. a través de los Organismos competentes, procederá a la devolución del importe abonado por el contribuyente en concepto de Derechos de Construcción.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Extraordinaria, a los tres días del mes de abril de dos mil siete.

REGISTRADA BAJO EL N° 4984.

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