Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 11757/05 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Exímese a los peticionantes, Sr. Roberto Hugo Torres, L.E. 8.076.075 y Sra. Mónica Mabel Sosa, D.N.I. 6.662.318, del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partidas N° 11.166 y N° 351.129, por los años 2005, 2006 y 2007 respectivamente. Si los peticionantes han realizado pagos dentro del período en que se ha eximido, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos. La presente eximición se encuadra en los términos del Inc. H, del Art. 53 de la Ordenanza Fiscal.

Art. 2°: En caso que los peticionantes hubieran omitido o falseado datos para la obtención de la exención y/o condonación de deuda que se otorga por la presente Ordenanza, tales beneficios caducarán automáticamente en oportunidad de conocerse la omisión o falsedad. En tal caso será aplicable la sanción establecida por el Art. 60 de la Ordenanza Fiscal. De haber incurrido en tal conducta no podrán acceder nuevamente al beneficio concedido por el lapso de 5 años (Conf. Art. 53 Inc. f) Ordenanza Fiscal. Además, hágase entrega en oportunidad de su notificación de copia de la presente Ordenanza.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de mayo de dos mil siete.

REGISTRADA BAJO EL N° 5091.

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