Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 12816/07 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Dónase a título gratuito al Obispado de Morón, el inmueble denominado catastralmente como: Circ. IV, Secc. P, Manz. 258, Parc. 1, inscripto en la Matrícula 135-3274, a nombre de la Municipalidad de Hurlingham, ubicado sobre la calle Padilla esquina Bizet, de la localidad de Hurlingham, donde se encuentra actualmente construida la Capilla y Casa Sacerdotal “Nuestra Señora de Itatí”.

Art. 2°: La transferencia de dominio precedente, se efectúa con el cargo de mantener en el citado predio, el destino de Centro Pastoral y dependencias auxiliares, para desarrollar tareas de carácter espiritual, social y educativas a favor de los vecinos de la zona.

Art. 3°: Si se cambiase el destino impuesto en el Art. 2°, se operará la revocación de la donación a favor de la Municipalidad de Hurlingham, con todo lo plantado y adherido al suelo, sin derecho a reclamo alguno ni indemnización por mejoras introducidas.

Art. 4°: Todo gasto que derive de la transferencia del bien mencionado, será con cargo único y exclusivo del donatario.

Art. 5°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidos días del mes de junio de dos mil siete.

REGISTRADA BAJO EL N° 5130.

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