Cde. Expte. Nº 12817/07 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Dónase a título gratuito al Obispado de Morón, los inmuebles denominados catastralmente como: Circ. IV, Secc. E, Ch. 8, Manz. 8h, Parcelas 7 y 8, inscriptos en las Matrículas 135-3.387 y 135-3.388, respectivamente, a nombre de la Municipalidad de Hurlingham, ubicados sobre la calle Poeta Romildo Risso entre Cura Navarro y Julián de Charras, de la localidad de Santos Tesei, donde se encuentra actualmente construida la Casa Social de la Parroquia de Nuestra Señora de la Medalla Milagrosa.
Art. 2°: La transferencia de dominio precedente, se efectúa con el cargo de mantener en los citados predios el destino de dependencias auxiliares del Centro Pastoral, para desarrollar tareas de carácter espiritual, social y educativas a favor de los vecinos de la zona.
Art. 3°: Si se cambiare el destino impuesto en el Art. 2°, se operará la revocación de la donación a favor de la Municipalidad de Hurlingham, con todo lo plantado y adherido al suelo, sin derecho a reclamo alguno ni indemnización por mejoras introducidas.
Art. 4°: Todo gasto que derive de la transferencia de los bienes mencionados, será con cargo único y exclusivo del donatario.
Art. 5°: Derógase la ordenanza 7089/81
Art. 6°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidos días del mes de junio de dos mil siete.
REGISTRADA BAJO EL N° 5131.