Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 12817/07 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Dónase a título gratuito al Obispado de Morón, los inmuebles denominados catastralmente como: Circ. IV, Secc. E, Ch. 8, Manz. 8h, Parcelas 7 y 8, inscriptos en las Matrículas 135-3.387 y 135-3.388, respectivamente, a nombre de la Municipalidad de Hurlingham, ubicados sobre la calle Poeta Romildo Risso entre Cura Navarro y Julián de Charras, de la localidad de Santos Tesei, donde se encuentra actualmente construida la Casa Social de la Parroquia de Nuestra Señora de la Medalla Milagrosa.

Art. 2°: La transferencia de dominio precedente, se efectúa con el cargo de mantener en los citados predios el destino de dependencias auxiliares del Centro Pastoral, para desarrollar tareas de carácter espiritual, social y educativas a favor de los vecinos de la zona.

Art. 3°: Si se cambiare el destino impuesto en el Art. 2°, se operará la revocación de la donación a favor de la Municipalidad de Hurlingham, con todo lo plantado y adherido al suelo, sin derecho a reclamo alguno ni indemnización por mejoras introducidas.

Art. 4°: Todo gasto que derive de la transferencia de los bienes mencionados, será con cargo único y exclusivo del donatario.

Art. 5°: Derógase la ordenanza 7089/81

Art. 6°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidos días del mes de junio de dos mil siete.

REGISTRADA BAJO EL N° 5131.

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