Cde. Expte. Nº 12101/06 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Modifícase el Art. 1° de la Ordenanza N° 4846, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial a favor de la peticionante, Sra. Lucía Ivonne Garberoglio, D.N.I. 5.087.641, para la explotación del rubro Parrilla Restaurante, exclusivamente, sin show, en el local sito en la Av. Vergara N° 4488/92/96/98 de la Ciudad de Hurlingham, Partido del mismo nombre, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección B, Manzana 113, Parcela 1b.
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de julio de dos mil siete.
REGISTRADA BAJO EL N° 5141.