Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 5384/00 H.C.D. y adjto.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Dónase a título gratuito al Obispado de Morón, los inmuebles denominados catastralmente como: Circ. IV, Secc. P, Manz. 293, Parcelas 22 y 23, inscriptos en las Matriculas 135-11.940 y 135-11.928 respectivamente, a nombre de la Municipalidad de Hurlingham, donde se encuentra actualmente constituida la Parroquia Purísimo Corazón de María y dependencias anexas.

Art. 2°: La transferencia de dominio precedente se efectúa con el cargo de mantener en los citados predios el destino de capilla y dependencias anexas, para desarrollar tareas de carácter espiritual, social y educativas a favor de los vecinos de la zona.

Art. 3°: Si se cambiare el destino impuesto en el Art. 2°, se operará la revocación de la donación a favor de la Municipalidad de Hurlingham, con todo lo plantado y adherido al suelo, sin derecho a reclamo alguno ni indemnización por mejoras introducidas.

Art. 4°: Todo gasto que derive de la transferencia de los bienes mencionados, será con cargo único y exclusivo del donatario.

Art. 5°: Derógase la Ordenanza 7176/81.

Art. 6°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de julio de dos mil siete.

REGISTRADA BAJO EL N° 5150.

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