Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 13529/08 H.C.D.

VISTO:

El expediente N° 13453/08 H.C.D., (4133-08-1122 D.E.) y la Ordenanza N° 5537, por la cual se autoriza la compra de un edificio sito en la calle Pigüé 1481 de la localidad de Hurlingham, para que en el mismo funcione el Honorable Concejo Deliberante, Y

CONSIDERANDO:

Que, por lo tanto es necesario trasladar el asentamiento de esta institución al edificio propio y que en virtud de este traslado se procederá a adecuar la estructura edilicia a fin de hacerlo funcional a las actividades a desarrollar,

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1º: Fíjase el domicilio del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en la calle Pigüé 1481 de la localidad de Hurlingham, en un todo de acuerdo al Art. 68 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, último párrafo.

Art. 2°: En función del Art. 1°, facúltase a la Sra. Presidente del H. Cuerpo a realizar las gestiones necesarias para efectivizar el traslado.

Art. 3°: Por la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante, se comunicará esta disposición a todos los organismos oficiales, nacionales, provinciales y distritales y se difundirá ampliamente en el Partido de Hurlingham.

Art. 4°: Derógase el Decreto N° 102/99 H.C.D.

Art. 5°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veinticinco días del mes de julio de dos mil ocho.

REGISTRADO BAJO EL N° 031/08

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