Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 13418/08 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, bajo el encuadre de la Ordenanza N° 4527, a favor de la peticionante, Sra. Norma Susana Maciel, D.N.I. 20.456.507, para la explotación del rubro “Despensa, Fiambrería, Productos Lácteos, Venta de Huevos, Comestibles Envasados, Carnicería, Granja, Verdulería, Frutería, Carbón en Bolsita (Atención Personalizada por Mostrador) Artículos de Limpieza y Uso Doméstico, Helados Envasados por Unidad de Origen” en el local sito en la calle Bonorino N° 998 de la Ciudad de Villa Tesei, Partido de Hurlingham, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección P, Manzana 54, Parcela 1a.

Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 13418/08 H.C.D., (4133-05-1009 D.E.).

Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.

Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintitrés días del mes de mayo de dos mil ocho.

REGISTRADA BAJO EL N° 5503.

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