Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 13486/08 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al D. E. a la renovación del régimen de Tasa reducida por Inspección de Seguridad e Higiene, otorgado por Ordenanza N° 4800, correspondiente al Legajo N° 22.798.

Art. 2º: Para la renovación autorizada por el Art. 1°, la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene, se determinará aplicando la alícuota del 0,202 % sobre los ingresos totales en la Provincia de Buenos Aires, con un mínimo de $ 10.500 (Pesos Diez Mil Quinientos) bimestrales para los Ejercicios 2008 y 2009.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiséis días del mes de junio de dos mil ocho.

REGISTRADA BAJO EL N° 5572.

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