Cde. Expte. N° 13173/08 H.C.D. y Adjtos.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Autorízase al D.E. a desistir del Juicio de Apremio iniciado a la entidad peticionante, Instituto San José de Calazans, según constancias obrantes a fs. 79, 80 y 80 vta. del Expte. N° 13173/08 H.C.D., (4079-13839-95 D.E.) y adjuntos.
Art. 2º: Quedan a cargo de la entidad contribuyente el pago de las Costas y Costos de la Acción Judicial iniciada.
Art. 3°: Autorízase al D.E. a encuadrar lo solicitado por la entidad peticionante, Instituto San José de Calazans, en los términos establecidos por la Ordenanza N° 4919, respecto a los Legajos N° 99.865 y N° 87.158.
Art. 4°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de julio de dos mil ocho.
REGISTRADA BAJO EL N° 5613.