Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 13430/08 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Convalídase el Convenio Marco de Cooperación para la construcción colectiva del Sistema Local de Promoción y Protección de Derechos de los Niños y el Acta de Compromiso, cuyas copias forman partes integrantes de la presente, celebrados entre la Municipalidad de Hurlingham y el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires el día 28 de Junio de 2007.

Art. 2°: El D.E. realizará las adecuaciones a la Partidas Presupuestarias correspondientes.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de julio de dos mil ocho.

REGISTRADA BAJO EL N° 5614.

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