Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 12946/07 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor de la peticionante, Sra. Jinfeng Guo, D.N.I. 94.036.025, para la explotación del rubro “Autoservicio”, en el local sito en la calle Roma N° 483/485 de la Ciudad de Hurlingham, Partido del mismo nombre, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección D, Quinta 16, Manzana 16k, Parcela 22.

Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 12946/07 H.C.D., (4133-07-0943 D.E.). Asimismo, la peticionante deberá cumplir con las normativas municipales, provinciales y nacionales referidas a seguridad y antisiniestría. El local en cuestión, deberá poseer ventilación mecanizada. Previo a dicha habilitación, la peticionante deberá abonar todas las Tasas o Derechos que pudieran corresponder, tomando como fecha de inicio de actividades, la que figura en el Contrato de Locación, obrante a fs. 7 y 8 de las presentes actuaciones.

Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes y al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2°, dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente

Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veinticinco días del mes de julio de dos mil ocho.

REGISTRADA BAJO EL N° 5619.

Ver sanción

Comments are closed.

Close Search Window