Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 13708/08 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Convalídase el Convenio de Ejecución Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, cuya copia forma parte de la presente, celebrado el día 29-08-08 entre la Municipalidad de Hurlingham y el Mrio. de Desarrollo Social de la Nación, cuyo objetivo es financiar acciones tendientes a garantizar la Seguridad Alimentaria de Personas en condición de Vulnerabilidad Social localizadas en Jurisdicción de la Municipalidad de Hurlingham, comprometiéndose a transferir al Municipio aportes financieros por un total de Pesos Un Millón Doscientos Cincuenta y Seis Mil ($ 1.256.000,00) en concepto de subsidio no reintegrable.

Art. 2°: El D.E. a través de la Contaduría Municipal, realizará las adecuaciones Presupuestarias correspondientes.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los diez días del mes de octubre de dos mil ocho.

REGISTRADA BAJO EL N° 5808.

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