Cde. Expte. N° 13811/08 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorizase al D.E., a suscribir un convenio con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, cuya copia forma parte de la presente, el cual tiene por objeto la creación y desarrollo de la agencia de Orientación Socio-Productiva en el ámbito municipal, como así también definir las acciones que serán llevadas a cabo por ambas partes.
Art. 2°: El D.E., adecuará las partidas presupuestarias correspondientes, en función de lo autorizado en el art. 1°.
Art. 3°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los catorce días del mes de noviembre de dos mil ocho.
REGISTRADA BAJO EL N° 5859.