Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 13838/08 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Convalídase el Convenio, cuya copia forma parte de la presente, celebrado el día 07/11/08 con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación representado por la Secretaría de Gestión y Articulación Institucional, y que tiene por objeto financiar acciones tendientes a garantizar la seguridad alimentaria de personas en condiciones de vulnerabilidad social, y fortalecer los lazos familiares y culturales en los festejos navideños en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria.

Art. 2°: El D.E. a través de las áreas competentes adecuará las partidas presupuestarias correspondientes en función de lo dispuesto por el Art. 1°.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil ocho.

REGISTRADA BAJO EL N° 5861.

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