Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 10990/04 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 4234, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 1º: Declárase de Interés Social, la regularización dominial de inmueble designado catastralmente como: Circ. IV; Secc. B; Quinta 25; Parc. 30d; U.F. 4.

Art. 2°: Modifíquese el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 4234, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes a favor de los peticionantes Sra. Silvia Lucia Kruger, D.N.I. 11.959.325 y Reynoso Kruger, Facundo Anibal, D.N.I. 33.441.362, conforme con lo previsto por los artículos 2° y 4°, inciso d) de la Ley 10.830.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los ocho días del mes de abril de dos mil nueve.

REGISTRADA BAJO EL N° 5954.

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