Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 14024/09 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al D.E., a celebrar con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, Convenios de Cooperación para Proyectos, destinados a fortalecer el Sistema de Promoción y Protección de los Derechos del Niño en marco de la Ley N° 13.298.

Art. 2°: Asimismo, se autoriza al D.E. a suscribir los convenios correspondientes para la continuidad de lo mencionado en el artículo precedente.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil nueve.

REGISTRADA BAJO EL N° 5979.

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