Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 14103/09 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Incorpórase al Artículo 20 de la Ordenanza N° 5896, correspondiente al Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2009, el siguiente texto:

“Fíjase la Bonificación por Título para Profesionales de Carrera Médico-Hospitalaria, equivalente al 15 % sobre el Sueldo Básico.”

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los doce días del mes de junio de dos mil nueve.

REGISTRADA BAJO EL N° 6032.

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