Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 13761/08 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor de los peticionantes, Sra. Paula Analía Fernández Díaz, D.N.I. 30.603.533 y Sr. Juan Manuel Eduardo Funes, D.N.I. 29.477.079, para la explotación del rubro “Entretenimiento de Juegos de Consolas”, asimilando dicha actividad a lo requerido para el Rubro de Juegos en Red y Cyber, en el local sito en la calle Solís N° 1292 de la Ciudad de Hurlingham, Partido del mismo nombre, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección D, Manzana 13, Parcela 1a.

Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 13761/08 H.C.D., (4133-08-2734 D.E.).

Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.

Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a los peticionantes de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los doce días del mes de junio de dos mil nueve.

REGISTRADA BAJO EL N° 6034.

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