Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 14110/09 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor del peticionante, Sr. Antonio Rodrígues Fernándes, D.N.I. 93.696.362, para la explotación del rubro “Taller de Armado y Ensamble Manual de Sacabocados para Gráfica”, en el local sito en la calle A. Allen N° 33 de la Ciudad de Villa Tesei, Partido de Hurlingham, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección D, Manzana 387, Parcela 17, de acuerdo al plano obrante a fs. 31 de las presentes actuaciones.

Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 14110/09 H.C.D., (4133-05-1563 D.E.).

Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente. Asimismo, deberán estar regularizadas las deudas por las Tasas de Servicios Generales y Seguridad e Higiene.

Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veinticuatro días del mes de julio de dos mil nueve.

REGISTRADA BAJO EL N° 6074.

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