Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 14163/09 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Convalídase el Convenio cuya copia forma parte integrante de la presente, celebrado entre la Municipalidad de Hurlingham y la Jefatura de Gabinete de Ministros, por la cual esta se compromete a otorgar a la Municipalidad en calidad de Aporte No Reintegrable, de acuerdo a las posibilidades del Tesoro Nacional, hasta la suma de $ 2.800.000 (Pesos Dos Millones Ochocientos Mil), destinado al sostenimiento de la acción municipal, en obras de saneamiento urbano, de infraestructura básica o en servicios públicos básicos, conforme actuaciones obrantes en el Expte. N° 14163/09 H.C.D., (4133-09-1537 D.E.).

Art. 2º: El D.E. adoptará las previsiones presupuestarias correspondientes, en los ejercicios económicos que se comprometen en función de lo autorizado en el Art. 1°.

Art. 3º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veinticuatro días del mes de julio de dos mil nueve.

REGISTRADA BAJO EL N° 6078.

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